El PJ quiere que se regule la distribución para la publicidad
El diputado provincial, Adrián Símil (PJ), presentó un Proyecto de Ley
a los efectos de que exista en el ámbito de la provincia de Santa Fe un
marco regulatorio de la publicidad oficial y se evite una distribución
arbitraria y discriminatoria.
Nuevamente, el tema de cómo el Gobierno reparte la publicidad estatal
vuelve a estar en el tapete. Ahora, en la Provincia, a través de un
proyecto presentado por el diputado provincial Adrián Simil (PJ), a
través del cual busca que se cree un marco regulatorio y que se evite
una distribución arbitraria y discriminatoria.
El proyecto establece que la información Pública es un Bien Jurídico-
Social y debe ser preservada de fines propagandísticos. A su vez se
define como publicidad oficial a la publicación en medios de difusión
radial, gráficos, televisivos y páginas Web, de los siguientes tipos de
propaganda: Publicidad de los actos de Gobierno; Publicidad Institucional; Publicidad de bienes y servicios producidos y/o comercializados
por Organismos del Estado provincial.
El Legislador propone que la adjudicación de la publicidad oficial se
rija por los principios de interés general, veracidad, libre acceso a
la información pública, transparencia, razonabilidad, acceso equitativo
y pluralista, austeridad en la administración del gasto público y
publicidad de los actos de gobierno.
También se estipula que la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, será la autoridad
de Aplicación y deberá llevar un Registro Provincial de Medios de
Comunicación (RPM), donde se inscribirán todos los medios de difusión,
productoras independientes y sus respectivos responsables regularmente
constituidos; ese listado deberá ser actualizado anualmente y se
publicará en la página Web del Gobierno provincial.
En el proyecto se prevén los requisitos legales que deberán cumplir
todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas en contratar
publicidad oficial con el Estado, incorporándose la previsión legal
estipulada en el art. 64 de la Ley 12.908 (Estatuto de Periodistas
Profesionales), en cuanto al amparo y formalidad de la fuente laboral
de los periodistas de esos medios.
En otro orden, se establecen los criterios de distribución de la
publicidad oficial, que básicamente deberán tener en cuenta dos
parámetros: la población de cada una de las localidades o regiones de
la Provincia que reciben el impacto de la publicidad; y el nivel de
incidencia (audiencia-alcance-penetración) del medio en la población
del ámbito de su cobertura.
El diputado Simil, al momento de fundamentar el proyecto señala que "la
información es un bien jurídico - social, cuya producción, distribución
y difusión es un derecho humano, garantizado por la Constitución
Nacional -art. 14- y los Pactos Internacionales incorporados en el art. 75, inc.22.", afirmando además que "la distribución arbitraria y
discriminatoria de la publicidad oficial es una violación a ese derecho
a la información ya que es una censura indirecta que atenta contra la
libertad de expresión".
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17-05-2008

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