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Lunes 3 de Mayo de 2010


Pasiones al aire libre

Temporada de caza 2010: eco-regiones

Decíamos la semana pasada que el Gobierno provincial reglamentó la temporada de caza menor para este año. Respecto de la caza de patos la misma está habilitada desde el 1 de mayo al 8 de agosto y en los departamentos: 9 de Julio; Vera; General Obligado; San Cristóbal; San Justo; San Javier; Garay; San Jerónimo; Iriondo y General López. Pero dentro de estos la caza de patos está autorizada solamente en áreas muy bien delimitadas que el Gobierno llama "Eco-regiones".
Dpto. San Cristóbal: habilitada el área delimitada al norte por la ruta Prov. N° 277-S desde las Avispas al oeste continuando al norte por la ruta Prov. N° 13 hasta su confluencia con el río Salado y continuando por la margen sur de este hasta su confluencia con la ruta Prov. N° 38, como límite oeste la ruta Prov. N° 2 desde la localidad de Las Avispas hasta la localidad de San Cristóbal y continuando desde esta hacia el sur por la ruta Prov. N° 4 hasta su confluencia con el arroyo San Antonio; su límite sur será el arroyo San Antonio desde su confluencia con la ruta Prov. N° 4 hasta su desembocadura el río Salado; el límite este estará dado por la margen oeste del río Salado desde su confluencia con la ruta Prov. N° 38 al norte y la desembocadura del arroyo San Antonio al sur.
Dpto. 9 de Julio: habilitada el área delimitada al norte por la ruta Prov. N° 32 desde la ruta Prov. N° 77-s al oeste y el límite departamental al este, al oeste por la ruta Prov. N° 77-s desde su intersección al norte con la ruta Prov. N° 32 e y al sur el río Salado y al Sur por la margen norte del río Salado desde su intersección al oeste con la ruta Prov. N° 77-s y al este el límite departamental y al este por el límite departamental desde el río Salado hasta la ruta Prov. N° 32.
Dpto. Vera: habilitada el área delimitada al norte por la ruta Prov. N° 31 desde la localidad de Intiyaco hasta el límite oeste del Distrito Intiyaco, al oeste por el límite del Distrito Intiyaco hasta su confluencia con el límite oeste del Distrito Garabato, continuando con el límite oeste y sur del Distrito citado hasta su confluencia con la ruta Prov. N° 83-s y continuando por esta hasta su confluencia con la ruta Prov. 84-s, siendo el límite sur la ruta Prov. 84-s desde su confluencia con la ruta Prov. N° 83-s hasta su confluencia al este con la ruta Prov. N° 3 y su límite este comprendido por la ruta Prov. N° 3 desde la ruta Prov. N° 84-s al sur hasta la localidad de Intiyaco.
Dpto. General Obligado: habilitada el área delimitada al norte por el límite sur del Distrito Las Garzas desde la ruta Nac. N° 11 al oeste y el río Paraná al este, al oeste por la ruta Nac. N° 11 desde el límite sur del Distrito Las Garzas al norte hasta la localidad de Reconquista y desde esta hasta el límite Departamental al sur por la ruta Prov. N° 1, al sur por el límite Departamental desde la ruta Prov. N° 1 y el río Paraná y al este por el río Paraná desde el límite Departamental sur y al norte el límite sur del Distrito Las Garzas.
Dpto. San Justo: habilitada el área delimitada al norte por la ruta Prov. N° 39 desde la localidad de Gobernador Crespo al oeste hasta la margen oeste del arroyo Saladillo Amargo, al oeste por la ruta Nac. N° 11 desde la localidad Gobernador Crespo hasta la localidad de San Justo, al sur por la ruta Prov. N° 2 hasta su confluencia con la ruta Prov. N° 261-s y continuando por esta hasta la margen oeste del arroyo Saladillo Amargo y como límite este la margen oeste del arroyo Saladillo Amargo desde la ruta Prov. N° 261-s al sur y la ruta Prov. N° 39 al norte.
Dpto. San Javier: habilitadas las zonas:
a) comprendida al norte por la ruta Prov. N° 38 desde la localidad de Alejandra al este hasta la margen este del arroyo El Toba, al oeste por la margen este del arroyo El toba hasta la laguna El Cristal, continuando hacia el sur con la margen este del arroyo Saladillo Amargo hasta la confluencia de este con la ruta Prov. N° 39, al sur por la ruta Prov. N° 39 desde el arroyo Saladillo Amargo hasta la ruta Prov. N° 1 en la localidad de San Javier y al este por la ruta Prov. N° 1 desde la localidad de San Javier y la ruta Prov. N° 38 al norte.
b) comprendida al norte entre el río San Javier y el río Paraná delimitada por las márgenes sur de los arroyos Sauce, Algarrobo, Potrero y Ovejitas, continuando con el riacho Guaicurú finalizando en la isla de las Nieves, al oeste por el arroyo San Javier desde el arroyo Sauce finalizando al sur en su confluencia con el arroyo Verón, al sur por el arroyo Verón desde el arroyo San Javier hasta el río Paraná y al este por el río Paraná desde el arroyo Verón hasta la isla de las Nieves al norte.
Dpto. Garay: habilitadas las zonas:
a) comprendida al norte por la ruta Prov. N° 62, desde la ruta Prov. N° 1 al este hasta el arroyo Saladillo Dulce al oeste; al oeste por la margen este del río Saladillo Dulce y la margen este de la laguna El Capón o San Pedro desde la ruta Prov. N° 62 al norte hasta la ruta Prov. N° 1 al sur, al este por la Ruta Provincial N° 1 desde su intersección con la ruta Prov. N° 62 al norte y al sur el límite Departamental.
b) comprendida al norte por el límite departamental desde el río San Javier hasta el río Paraná, al oeste por el río San Javier desde el límite departamental norte hasta el límite sur del Distrito Helvecia, al sur por el límite sur del Distrito Helvecia desde el río San Javier hasta el río Paraná y al este por el río Paraná.




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