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Pasiones al aire libre
Temporada de caza 2010: eco-regiones
Decíamos la semana pasada que el Gobierno provincial reglamentó la
temporada de caza menor para este año. Respecto de la caza de patos la
misma está habilitada desde el 1 de mayo al 8 de agosto y en los
departamentos: 9 de Julio; Vera; General Obligado; San Cristóbal; San
Justo; San Javier; Garay; San Jerónimo; Iriondo y General López. Pero
dentro de estos la caza de patos está autorizada solamente en áreas muy
bien delimitadas que el Gobierno llama "Eco-regiones".
Dpto. San Cristóbal: habilitada el área delimitada al norte por la ruta
Prov. N° 277-S desde las Avispas al oeste continuando al norte por la
ruta Prov. N° 13 hasta su confluencia con el río Salado y continuando
por la margen sur de este hasta su confluencia con la ruta Prov. N° 38,
como límite oeste la ruta Prov. N° 2 desde la localidad de Las Avispas
hasta la localidad de San Cristóbal y continuando desde esta hacia el
sur por la ruta Prov. N° 4 hasta su confluencia con el arroyo San
Antonio; su límite sur será el arroyo San Antonio desde su confluencia
con la ruta Prov. N° 4 hasta su desembocadura el río Salado; el límite
este estará dado por la margen oeste del río Salado desde su confluencia con la ruta Prov. N° 38 al norte y la desembocadura del arroyo San
Antonio al sur.
Dpto. 9 de Julio: habilitada el área delimitada al norte por la ruta
Prov. N° 32 desde la ruta Prov. N° 77-s al oeste y el límite departamental al este, al oeste por la ruta Prov. N° 77-s desde su intersección al norte con la ruta Prov. N° 32 e y al sur el río Salado y al
Sur por la margen norte del río Salado desde su intersección al oeste
con la ruta Prov. N° 77-s y al este el límite departamental y al este
por el límite departamental desde el río Salado hasta la ruta Prov. N°
32.
Dpto. Vera: habilitada el área delimitada al norte por la ruta Prov. N°
31 desde la localidad de Intiyaco hasta el límite oeste del Distrito
Intiyaco, al oeste por el límite del Distrito Intiyaco hasta su
confluencia con el límite oeste del Distrito Garabato, continuando con
el límite oeste y sur del Distrito citado hasta su confluencia con la
ruta Prov. N° 83-s y continuando por esta hasta su confluencia con la
ruta Prov. 84-s, siendo el límite sur la ruta Prov. 84-s desde su
confluencia con la ruta Prov. N° 83-s hasta su confluencia al este con
la ruta Prov. N° 3 y su límite este comprendido por la ruta Prov. N° 3
desde la ruta Prov. N° 84-s al sur hasta la localidad de Intiyaco.
Dpto. General Obligado: habilitada el área delimitada al norte por el
límite sur del Distrito Las Garzas desde la ruta Nac. N° 11 al oeste y
el río Paraná al este, al oeste por la ruta Nac. N° 11 desde el límite
sur del Distrito Las Garzas al norte hasta la localidad de Reconquista
y desde esta hasta el límite Departamental al sur por la ruta Prov. N°
1, al sur por el límite Departamental desde la ruta Prov. N° 1 y el río
Paraná y al este por el río Paraná desde el límite Departamental sur y
al norte el límite sur del Distrito Las Garzas.
Dpto. San Justo: habilitada el área delimitada al norte por la ruta
Prov. N° 39 desde la localidad de Gobernador Crespo al oeste hasta la
margen oeste del arroyo Saladillo Amargo, al oeste por la ruta Nac. N°
11 desde la localidad Gobernador Crespo hasta la localidad de San
Justo, al sur por la ruta Prov. N° 2 hasta su confluencia con la ruta
Prov. N° 261-s y continuando por esta hasta la margen oeste del arroyo
Saladillo Amargo y como límite este la margen oeste del arroyo Saladillo Amargo desde la ruta Prov. N° 261-s al sur y la ruta Prov. N° 39 al
norte.
Dpto. San Javier: habilitadas las zonas:
a) comprendida al norte por la ruta Prov. N° 38 desde la localidad de
Alejandra al este hasta la margen este del arroyo El Toba, al oeste por
la margen este del arroyo El toba hasta la laguna El Cristal, continuando hacia el sur con la margen este del arroyo Saladillo Amargo
hasta la confluencia de este con la ruta Prov. N° 39, al sur por la
ruta Prov. N° 39 desde el arroyo Saladillo Amargo hasta la ruta Prov. N° 1 en la localidad de San Javier y al este por la ruta Prov. N° 1
desde la localidad de San Javier y la ruta Prov. N° 38 al norte.
b) comprendida al norte entre el río San Javier y el río Paraná
delimitada por las márgenes sur de los arroyos Sauce, Algarrobo,
Potrero y Ovejitas, continuando con el riacho Guaicurú finalizando en
la isla de las Nieves, al oeste por el arroyo San Javier desde el
arroyo Sauce finalizando al sur en su confluencia con el arroyo Verón,
al sur por el arroyo Verón desde el arroyo San Javier hasta el río
Paraná y al este por el río Paraná desde el arroyo Verón hasta la isla
de las Nieves al norte.
Dpto. Garay: habilitadas las zonas:
a) comprendida al norte por la ruta Prov. N° 62, desde la ruta Prov. N°
1 al este hasta el arroyo Saladillo Dulce al oeste; al oeste por la
margen este del río Saladillo Dulce y la margen este de la laguna El
Capón o San Pedro desde la ruta Prov. N° 62 al norte hasta la ruta
Prov. N° 1 al sur, al este por la Ruta Provincial N° 1 desde su
intersección con la ruta Prov. N° 62 al norte y al sur el límite
Departamental.
b) comprendida al norte por el límite departamental desde el río San
Javier hasta el río Paraná, al oeste por el río San Javier desde el
límite departamental norte hasta el límite sur del Distrito Helvecia,
al sur por el límite sur del Distrito Helvecia desde el río San Javier
hasta el río Paraná y al este por el río Paraná.
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