OTROS 120 DIAS HABILES MAS PARA ESTUDIAR EL PROYECTO
Prorrogaron la definición sobre el shopping de la Vieja Terminal
La decisión la tomó el Municipio en junio pasado, pero recién se dio a
conocer el decreto ahora, a través del Boletín Oficial. Los plazos
originales vencieron el 11 de junio. Ahora se extiende hasta principios
de diciembre.
Por Adrián Gerbaudo (Redacción LA OPINION). - El Departamento Ejecutivo
Municipal decidió el pasado 3 de junio tomarse más tiempo para definir
si acepta o no el proyecto de GLA S.A. para desarrollar un shopping en
la Vieja Terminal de Omnibus.
Así lo determina el decreto N° 32.121, de fecha 3 de junio pasado,
apenas 8 días antes de que venzan los plazos oficiales para tomar la
decisión. La misma no fue comunicada a los opositores que integran la
Comisión de Iniciativa Privada, dado que a fines del mes pasado,
desconocían esta postura.
Esto toma estado público en momentos en que el Ejecutivo Municipal se
prepara para presentar el proyecto de remodelación del microcentro
local, al mismo tiempo que el Grupo Casino decidió retomar la obra del
shopping en el oeste de la ciudad, al lado de la Nueva Terminal de
Omnibus. Y prorroga el debate acerca de si se debe o no cambiar este
terreno municipal a cambio de la construcción de espacios para la
cultura, algo con lo que las agrupaciones del sector ya mostraron su
negativa.
En el texto del decreto se determina que el plazo se amplíe por "Ciento
Veinte (120) días hábiles administrativos los plazos previstos en el
artículo 2° de la Ordenanza N° 2.857 (...), ampliación que se computará
a partir del 11/06/10". Esto daría plazo hasta principios de diciembre
para determinar si es o no viable el proyecto.
En los considerandos del decreto, se señala que la Ordenanza N° 2.857
(t.o. con Ordenanzas Nø 2.915 y 2.930), que adopta el sistema de
iniciativa privada "fija plazos perentorios para la realización de los
estudios técnicos y evaluación por parte de la Comisión de Estudios de
las iniciativas privadas" y que "el vencimiento de dichos plazos sin
que la Administración se expida significa el rechazo de la propuesta".
El artículo 2° Ter. de la ordenanza en cuestión faculta al Departamento
Ejecutivo Municipal a ampliar los plazos en cuestión, si la complejidad
de la iniciativa así lo requiere. Según el Ejecutivo "sin duda alguna
las características de la iniciativa presentada por GLA S.A. para la
Construcción de un Multiespacio Cultural y Comercial en la antigua
Estación Terminal de Omnibus de Rafaela, hacen que la misma quede
encuadrada en el supuesto previsto en la disposición legal mencionada
en el párrafo precedente".
"Tal encuadre deriva de la multiplicidad de aspectos que deben ser
abordados por las áreas técnicas municipales a fin de elaborar el
informe que debe ser sometido a consideración de la Comisión de
Iniciativa Privada, resultando motivo más que suficiente a fin de
justificar la necesidad de ampliar los plazos fijados originariamente
por la norma legal", dice el decreto 32.121 y agrega que "en consecuencia resulta necesario ampliar en ciento veinte (120) días hábiles
administrativos los plazos que se prevén en el artículo 2ø de la
Ordenanza Nø 2857, los que comenzarán a computarse a partir del
vencimiento de los sesenta días que contempla dicha norma legal, que se
producirá, considerando como fecha de presentación de la iniciativa el
7 de abril de 2010, el 11 de junio del mismo año".
LOS PROXIMOS PASOS
Una vez determinado si es o no viable el proyecto presentado por GLA,
la ordenanza N° 2857 determina que el Ejecutivo deberá presentar un
informe a la Comisión de Estudios de Iniciativas Privadas, la que
tendrá un plazo de 15 días hábiles administrativos para expedirse sobre
la factibilidad de la misma. El silencio equivaldrá a rechazo. Si por
el contrario, la aceptara, el Departamento Ejecutivo Municipal la
declarará "de interés municipal" por decreto fundado, procediéndose a
elaborar los pliegos para el llamado a licitación, si correspondiere, y
a remitir luego las actuaciones para el llamado a licitación, al
Concejo Municipal.
El art. 5° de la norma señala que "aprobado que sea el pliego de bases
y condiciones y el legajo técnico de la obra o servicio por parte del
Concejo Municipal, se continuará con el procedimiento de compulsa de
ofertas que, conforme las características y/o monto de la obra o
servicio estuviere estipulado en la legislación vigente la que aplicará
en su totalidad salvo en lo específicamente contemplado por esta
ordenanza".
PREFERENCIA
La ordenanza de iniciativa privada privilegia a aquellos empresarios
que le proponen al Ejecutivo Municipal algún tipo de negocio. Es por
ello que, en la norma que debe votar el Concejo Municipal, habrá un
punto que hablará de una preferencia para el iniciador: un determinado
porcentaje que le dará una importante ventaja.
Existe la posibilidad de que un potencial competidor mejore las
condiciones del iniciador: en este caso, el que tuvo la idea tendrá la
posibilidad de equiparar la nueva oferta dentro del término que la
Administración fije en el correspondiente pliego, el que no podrá
exceder de veinte días hábiles administrativos.
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